Administrador de una sociedad
Evite errores al firmar.
Si bien el administrador de una sociedad no responde automáticamente de las deudas de ésta, puede tener que hacerlo si firma ciertos documentos a título personal sin hacer constar que lo hace en nombre y representación de la sociedad que administra. Vea algunos ejemplos.
Caso 1: Reconocimiento de deuda
El administrador de una SL firmó un reconocimiento de deuda a favor de dos empresas. En él indicó sólo su nombre y DNI, sin hacer referencia a la SL de la cual era administrador. Pues bien:
- Aunque existía una relación comercial entre la SL y esas dos empresas, el administrador ha tenido que responder del reconocimiento de deuda a título personal.
- Al respecto, los tribunales han considerado que lo firmó en su propio nombre, como parte deudora y asumiendo la obligación de pago; de lo contrario, habría hecho constar su representación.
Caso 2: Avalista
Una SL firmó una póliza de préstamo con una entidad bancaria. Pues bien, en el apartado “Prestatario” de la póliza figuraba la SL y, como su representante, el administrador; además, en el apartado “Fiador” también constaba el administrador. Los tribunales han considerado que el administrador prestó su consentimiento a ser fiador del préstamo solicitado por la sociedad.
Estas situaciones pueden suceder por un error del propio administrador, que firma el documento dando por supuesto que lo hace en nombre de la sociedad. Sin embargo, en ocasiones el error puede ser inducido por la otra parte, ya que de esta manera aumentan sus garantías de cobro (si no cobra de la sociedad, podrá reclamar al administrador).
Por tanto, siempre que firme un documento como administrador de su sociedad, haga constar expresamente la denominación de ésta e indique que usted firma en su nombre y representación.
Si es administrador de una sociedad, consúltenos cualquier duda. Nuestros profesionales le asesorarán en todas las cuestiones legales relacionadas con su cargo.
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